El compromiso del Gobierno de Puerto Rico, del Departamento de Salud y de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica es proteger la salud pública y velar porque los profesionales médicos cumplan con las exigencias de la ley.
La Junta está facultada para denegar, suspender, cancelar o revocar cualquier licencia médica o de osteópata; y para emitir una orden fijando a un médico un periodo de prueba por un tiempo determinado y con ciertas restricciones y detener las conductas de personas no licenciadas o que practican ilegalmente la medicina y lograr que aquellos que actúen de tal modo sean procesados administrativa y criminalmente. A tenor con esta responsabilidad y según lo dispuesto en el Artículo 28 de la Ley Núm. 139 de 1 de agosto de 2008, según enmendada, mediante este repositorio de datos, la Junta de Licenciamiento publica todas las acciones finales de disciplina, denegaciones de licencia y renuncias voluntarias las cuales son materia de conocimiento público.
Cualquier duda o pregunta se puede comunicar con la Junta de Licenciamiento al (787) 999-8989 o en persona localizado en el Edificio GM Group Plaza 1590 Tercer Piso, Carr. #1 de Rio Piedras a Caguas, Urb. Caribe, Calle Ponce de León (Marginal).
Autorizado por la Comisión Estatal de Elecciones: CEE-SA-12-8446
Mensaje del Director de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica del Departamento de Salud (pdf)