ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
DEPARTAMENTO DE SALUD
PROGRAMA ESPECIAL DE NUTRICION SUPLEMENTARIA
PARA MUJERES, INFANTES y NIÑOS
PROGRAMA WIC
AVISO DE REGLAMENTACIÓN Y VISTA PÚBLICA
ADOPCION DEL REGLAMENTO DE COMERCIANTES AUTORIZADOS WIC
EL Departamento de Salud, informa que el Programa WIC de Puerto Rico se propone adoptar el Reglamento de Comerciantes Autorizados conforme con las disposiciones establecidas en el 7 CFR §246, y en la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, Ley 170 de 12 de agosto de 1988, 3 L. P. R. A. §2101, et. seq., según enmendada, las cuales facultan al Secretario del Departamento de Salud del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a establecer la política pública, los reglamentos y los procedimientos para la administración del Programa WIC.
El reglamento propuesto tiene como propósito establecer los deberes y obligaciones de los comerciantes autorizados; las normas y los procedimientos para operar los comercios autorizados, los procedimientos para la identificación y clasificación de comerciantes autorizados, el plan de control de costos, las violaciones a reglamentación y el sistema de sanciones.
El reglamento estará disponible para revisión desde el martes 24 de junio de 2008 en las Oficinas de Nivel Central del Programa WIC, Calle Trinidad 198, Urbanización Piñero en San Juan, de 8:00 a.m. a 12:00 m. y 1:00 p.m. a 4:30 p.m. Copia del documento estará disponible electrónicamente en el portal del Departamento de Salud en la siguiente dirección: http://www.salud.gov.pr